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Desde 2022, Bogotá podrá contar con lugares y ambientes de culto neutro

Viernes, Diciembre 17, 2021
Desde 2022, Bogotá podrá contar con lugares y ambientes de culto neutro
  • Los lugares de culto neutro son espacios que buscan acoger a los feligreses de diversas religiones para que cuenten con un punto donde puedan orar, meditar y llevar a cabo sus ceremonias
  • Estos lugares deberán contar con un atril, sillas o alfombras, y no tendrán una decoración especial. Cada feligrés podrá llevar sus propios implementos y utilizarlos cuando vaya a realizar su ceremonia
  • La invitación es a que las entidades del sector público y espacios privados como centros comerciales, aeropuertos, hoteles, salones de eventos, entre otros, aporten a la construcción de paz y a la convivencia con la implementación de estos espacios en sus instalaciones
  • Así mismo, las entidades públicas y privadas podrán constituirse en ambientes seguros para el ejercicio de la libertad religiosa, ofreciendo garantías a sus integrantes para participar o abstenerse de hacerlo, en actividades religiosas o las que consideren contrarias a sus creencias, que pueda programar la organización.
  • Para brindar asesoría sobre cómo disponer un espacio de esta naturaleza se ha dispuesto el correo asuntosreligiosos@gobiernobogota.gov.co y las líneas telefónicas 3820660, 3387000 y 3387100, extensiones (1)5330 y (1)5331.
  • Esta estrategia hace parte de la campaña #EresLibreDeCreer, que reconoce el derecho que tiene cada persona a pensar y elegir libremente su credo religioso

A partir del próximo año, Bogotá podrá contar con lugares en donde los creyentes de diferentes religiones podrán realizar sus rituales, meditar y tener un espacio para orar y reflexionar, y en los que se respetará la diversidad religiosa que se promueve en el Distrito.

Estos puntos, denominados 'Lugares de culto neutro' serán espacios multiconfesionales que podrán ser adaptados a las características de cada religión, y contarán con un mobiliario sencillo, como un atril o púlpito; sillas o alfombras en caso de que se trate de un rito particular, y un pequeño cuarto en el que los feligreses podrán guardar referentes simbólicos como estatuas y cuadros.

Con el fin de poner en marcha este proyecto, que busca reconocer el derecho a creer libremente y promover el ejercicio de la libertad religiosa y de cultos, la Secretaría de Gobierno invita a las entidades del sector público y a la empresa privada a vincularse con la habilitación de estos espacios en sus instalaciones, así como la disposición del mobiliario necesario para las ceremonias.

Las sedes de entidades públicas del orden nacional y territorial; hoteles, plazas públicas, salones funerarios y estadios; los coliseos, salones de eventos, cementerios, clínicas y hospitales son algunos de los espacios que se pueden adecuar para que los practicantes del budismo, el cristianismo, el catolicismo, el islam, el judaísmo, entre muchas otras confesiones o denominaciones religiosas cuenten con un lugar multiconfesional en el que puedan orar sin ser discriminados a causa de su fe.

Adicionalmente, el Distrito invita a las empresas y entidades de los sectores público y privado a constituirse en ambientes seguros para la libertad religiosa y de culto, en los que sea respetado el derecho que tienen sus integrantes a creer o no en una fe, ofreciéndoles seguridad, tranquilidad y garantías tanto para participar de ceremonias, festividades o actividades religiosas, como para abstenerse de ellas o de las que consideren contrarias a su creencia particular; en este sentido, las garantías cobijarán situaciones relacionadas como cuotas económicas para su realización, decoración de puestos de trabajo, adecuación de instalaciones, asignación de turnos o responsabilidades, entre otras.

Para brindar asesoría sobre cómo implementar estos lugares y ambientes neutros de culto, la Subdirección de Asuntos de Libertad Religiosa, Culto y de Conciencia ha dispuesto el correo asuntosreligiosos@gobiernobogota.gov.co y las líneas telefónicas 3820660, 3387000 y 3387100, extensiones (1)5330 y (1)5331.

Con esta estrategia el Distrito promueve el ejercicio de la convivencia con respeto, igualdad y no discriminación por creencias religiosas, además del derecho a recibir asistencia de su propia confesión en lugares públicos y privados, establecidos en el artículo 19 de la Constitución Política y en la Ley 133 de 1994 en su literal f, respectivamente.